La Junta de Andalucía ha aprobado en Consejo de Gobierno el Decreto-Ley por el que se aprueba el programa Emple@30+.
Nuestro Pueblo recibirá 12.757,14 euros para la creación de empleo de personas de más de 30 años de edad.
Este programa incluye diferentes medidas destinadas a la generación de empleo en un sector de la población especialmente afectado por la crisis económica: las personas de 30 o más años de edad.
Las claves que definen y singularizan este programa son:
- Recoge medidas urgentes de implementación inmediata. La necesidad de atajar cuanto antes el grave problema del desempleo así lo determina.
- Evita la discriminación de los colectivos de personas desempleadas por razón de la edad.
- Establece criterios para priorizar a las personas que más lo necesitan.
- Considera la idiosincrasia de los mercados locales a partir de la elaboración de proyectos en los que se conjuguen las necesidades de los territorios y las características de los perfiles disponibles en ellos.
- Prevé una alta capilaridad en el territorio de nuestra Comunidad Autónoma ya que ha sido un interés expreso del Gobierno andaluz el que la medida se desarrolle en todos los municipios de nuestra geografía, evitando con ello situaciones de discriminación por motivos de localización.
El programa Emple@30+ contempla dos medidas mediante las cuales se impulsa la contratación de las personas desempleadas:
- La iniciativa de Cooperación Social y Comunitaria para el impulso del empleo 30+
- la iniciativa de Proyectos de Interés General y Social generadores de empleo
La primera será desarrollada por los ayuntamientos andaluces y la segunda por entidades sin ánimo de lucro con sede en Andalucía. Unos y otras, como entidades colaboradoras, podrán beneficiarse de las ayudas reguladas en el Decreto-Ley.
El tiempo de permanencia en el desempleo y la situación de vulnerabilidad en que las personas se encuentren serán factores primordiales para la priorización de quienes serán las destinatarias de las medidas y de las contrataciones que estas promueven. A este respecto, dentro del colectivo de personas desempleadas de larga duración se establecen las siguientes prioridades:
Prioridad 1: Aquellas personas que son beneficiarias del “Ingreso Mínimo de Solidaridad”
Prioridad 2: Las que hayan agotado la prestación por desempleo de nivel contributivo o asistencial.
Prioridad 3: Las de 30 años de edad, o más, que sean titulares del Bono de Empleo Joven y no hayan formalizado un contrato de trabajo.
Prioridad 4: Personas desempleadas de larga duración, en general.
Prioridad 5: Personas desempleadas en general.
En este sentido, se entenderán por personas desempleadas de larga duración aquellas que lleven inscritas en el Servicio Andaluz de Empleo como demandantes de empleo no ocupadas, al menos doce meses de forma ininterrumpida o, al menos seis meses ininterrumpidos si están inscritas como trabajadoras agrarias, a la fecha en que se gestione la búsqueda de personas candidatas para ser contratadas con cargo a cualquiera de las dos iniciativas.
Podrán ser contratadas las personas de treinta o más años de edad, inscritas como demandantes de empleo no ocupadas en el Servicio Andaluz de Empleo hasta el 30 de junio de 2014.
Los contratos serán de duración determinada, por un periodo máximo de seis meses y, preferentemente, a jornada completa. En el caso de que se concierten a jornada parcial, ésta será la equivalente al 50% de la jornada laboral ordinaria.
El proceso a seguir para la selección de las personas candidatas es el siguiente:
- Los ayuntamientos y/o las entidades beneficiarias deberán presentar oferta de empleo ante el Servicio Andaluz de Empleo 15 días antes, como mínimo, de la fecha en que esté prevista la contratación.
- El Servicio Andaluz de Empleo proporcionará a los ayuntamientos y/o las entidades beneficiarias tres personas candidatas adecuadas y disponibles, si las hubiere, por puesto de trabajo ofertado y solicitado.
- Los ayuntamientos y/o las entidades beneficiarias realizarán la selección atendiendo a criterios de méritos y capacidad. Sólo en los casos en que los primeros o las segundas justifiquen documentalmente que las personas candidatas remitidas incumplen los requisitos de la oferta, han rechazado voluntariamente la participación en el proceso o no han comparecido en el mismo, el Servicio Andaluz de Empleo procederá a enviar nuevas personas candidatas.
El Servicio Andaluz de Empleo ha habilitado distintos canales para atención a la ciudadanía, tanto para las personas que deseen informarse sobre el programa como para las entidades colaboradoras, ayuntamientos y entidades sin ánimo de lucro con sede en Andalucía, a las que se destinan las dos líneas de ayuda. A través del teléfono 955.063.966 o 902.996.031 o mediante el formulario de consultas de la Oficina Virtual de Empleo el personal técnico del SAE ofrecerá información de primer nivel sobre las dos iniciativas.
Plazo de solicitud:
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